No son pocos los impuestos que deben afrontar las pymes, y cuando les llega el momento de procurarse un vehículo, deben analizarse bien los aspectos fiscales. Qué conviene más, ¿la compra o el renting de vehículos?
Veamos lo que dice la fiscalidad en este sentido.
Los impuestos que genera la compra de un vehículo
Son tres los impuestos que hay que pagar cuando se compra un vehículo:
- Impuesto de matriculación: su coste puede variar, ya que va en función de las emisiones del vehículo.
- Impuesto de circulación: depende del municipio donde se domicilie el vehículo, pues cada Ayuntamiento marca un precio.
- El IVA de la compra del vehículo
En cuanto a deducciones se refiere, la Ley determina que por la compra de turismos, remolques, ciclomotores y motocicletas, las pymes podrán deducirse un 50% de su IVA. Esto es debido porque se presuponen afectados al desarrollo de la actividad empresarial o profesional en una proporción del 50%.
Pero cuando se trata de otro tipo de vehículos que puedan considerarse 100% destinados a llevar a cabo la actividad profesional, entonces la pyme podrá deducirse el 100%.
El renting del vehículo: ¿a qué impuestos hay que hacer frente?
Una de las ventajas de optar por los vehículos de renting, es que, para empezar, no hay que pagar ni el impuesto de matriculación ni el de circulación: únicamente hay que hacer frente a la cuota mensual de IVA.
Y si el vehículo se destina únicamente a la actividad profesional, es deducible hasta el 100%, tanto en la declaración del IVA como del IRPF. Esto significa que la pyme podrá incluir el derivado de las cuotas mensuales en las declaraciones.
Además de estos factores a considerar antes de decidirse por un vehículo de compra o de renting, las ventajas de esta última modalidad no acaban ahí. El renting implica también el despreocuparse en contratar seguros, pagar ITV, reparaciones, gestiones de mantenimiento…
Al estar incluidos todos los gastos en una cuota fija, no hay sorpresas ni imprevistos que a menudo desestabilizan los planes. Con los vehículos de RentingVivo, tanto si eres pyme como si eres autónomo a particular, lo único que tendrás que hacer es pagar una cuota mensual a tu medida. El contrato y su duración, lo decides tú. Y por si fuera poco, te descontamos el valor de tu antiguo vehículo del importe de las cuotas o te ingresamos el valor de tu antiguo vehículo.